Por la reivindicación de nuestras luchas laborales.

Avances en los puntos del pliego:
Sesiones 5, 6 y 7
26 de abril de 2022
ACUERDOS - EDUCACIÓN
Acuerdo #30: La Administración Municipal de Medellín incluirá en el plan indicativo de la Secretaría de Educación la dotación de equipamiento, insumos y material necesario para el funcionamiento de las oficinas de Núcleo Educativo de la Municipalidad, según disponibilidad presupuesta!.
Forma de Cumplimiento: Plan indicativo del plan de desarrollo y mesas de seguimiento a los acuerdos.
Acuerdo #31: La Secretaría de Educación continuará dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 numeral 8 acorde con la Resolución 0652 del 2012 del Ministerio del Trabajo y al artículo 9 de la Ley 1010 de 2006, referente a presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.
Forma de Cumplimiento: Plan diseñado y su ejecución.
Acuerdo #32: El municipio de Medellin a partir del análisis jurídico en términos de la no afectación a la prestación del servicio esencial de la educación, y a partir de las instrucciones emanadas por el MEN derivadas de la consulta que será elevada por parte de la Secretaría de Educación, emitirá circular informativa y orientadora, a partir de los lineamientos incluidos en la circular 12 de 2017 del DAFP.
Forma de Cumplimiento: Consulta ante el MEN y expedición del acto administrativo de acuerdo a su instrucción.
Acuerdo #33: La Secretaría de Educación seguirá contratando el servicio de aseo necesario para garantizar la debida prestación del servicio educativo en los establecimientos educativos oficiales, el cual incluirá los elementos de aseo requeridos, en concordancia con la disponibilidad presupuestal.
Forma de Cumplimiento: Contrato suscrito y mesa de seguimiento a los acuerdos, estudio técnico de la necesidad de personal de aseo.
Acuerdo # 34: La Secretaría de Educación del Municipio de Medellín continuará dando cumplimiento a los lineamientos que para sus efectos establece la Secretaría de Suministros y Servicios con relación al inventario. Cada servidor es responsable de los bienes muebles a su cargo, contará con herramientas para manejo del inventario, en el recibo, custodia y traslado.
Forma de Cumplimiento: Mesa de seguimiento a los acuerdos, directrices y capacitaciones.
Acuerdo #35: La Secretaría de Educación emitirá acto administrativo en el que se informe los términos de aplicación de la Ley 2191 de 2022 "POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA DESCONEXIÓN LABORAL - LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL".
Forma de Cumplimiento: Emisión del acto administrativo
Acuerdo #36: Las organizaciones sindicales presentarán propuesta en el marco de programas de promoción y prevención de la salud mental de los docentes y directivos docentes, para que sirva de insumo para la elaboración del plan de trabajo anual de SST de los docentes y directivos docentes adscritos a la Secretaría de Educación de Medellín por parte de la empresa prestadora de servicios de salud y otras partes interesadas.
Forma de Cumplimiento: Construcción conjunta entre sindicatos y Secretaría de Educación de un plan para la prevención y promoción de la salud mental y su respectivo envío a la entidad fiduciaria La Previsora para su ejecución.
Solicitud: La Administración Municipal suministrará a las Organizaciones firmantes del acuerdo practicantes en derecho, con el fin de atender y asesorar a los maestros, directivos docentes y administrativos asociados, en situaciones
No Acuerdo: No es posible tener
practicantes del municipio que se asignen a servicio de las organizaciones sindicales.
ACUERDOS – NIVEL CENTRAL
Acuerdo #37: Una vez recibida la justificación por parte de los sindicatos sobre los programas, proyectos e indicadores que podrían tenerse en cuenta para la clasificación del inmueble o sus usos sugeridos, posterior a la recepción del informe, en conjunto con la Secretaría de Gestión Humana, la Secretaría de Suministros y Servicios, analizará la clasificación del espacio ubicado en el piso 5 del CAM a fin de determinar si se enmarca como inmueble de inversión social o netamente de inversión, solo si en dicha clasificación se considera pertinente el uso como restaurante, se recibirán las propuestas de operadores según los términos de la Resolución 202150188977 de 2021. De ser así, para el cálculo de la retribución a favor del municipio se tendrán en cuenta las condiciones de calidad y precio en el menú.
Forma de Cumplimiento: Informe de clasificación del bien mes de junio de 2022 (finalizada ley de garantías).
Acuerdo #38: El Municipio de Medellín, a través de la Unidad de Gestión Pública de la Subsecretaría de Gestión Humana garantizará que los procesos de encargo que se adelanten para la provisión de empleos de carrera administrativa, sean conocidos por los servidores de carrera administrativa a través de mecanismos eficaces como publicación en EUREKA, en las carteleras de las sedes de BOMBEROS, Secretaría de Movilidad y Secretaría de Educación Edificio Garré y a través de correo electrónico encargos.carrera@medellin.gov.co a quienes son opcionados.
Forma de Cumplimiento: Publicación en EUREKA, en las carteleras de las sedes de BOMBEROS, Secretaría de Movilidad y Secretaría de Educación Edificio Garré y a través de correo electrónico encargos.carrera@medellin.gov.co. a quienes son opcionados.
Acuerdo #39: Cuando las organizaciones sindicales evidencien temas de interés para la administración municipal, lo socializarán con el respectivo Secretario o Director De Departamento Administrativo, con el fin de validar la posibilidad de conceder comisión de servicios a un servidor de la respectiva dependencia, para atender el asunto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y los procedimientos establecidos en la entidad.
Forma de Cumplimiento: Mesa de seguimiento a los acuerdos.
Acuerdo #40: La Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía velará por que la fijación de los compromisos laborales de los directivos sindicales se realice de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.8.3.1 y siguientes del Decreto 1083 de
2015, y la Resolución 202150043887 del 6 de mayo de 2021 de la Alcaldía de Medellín.
Forma de Cumplimiento: Capacitación dirigida a los líderes evaluadores en el segundo semestre de 2022.
Acuerdo #41: La administración municipal de manera conjunta con dos representantes de las organizaciones sindicales presentará ante el Ministerio del Deporte la solicitud para la creación de los juegos nacionales e internacionales de servidores públicos.
Forma de Cumplimiento: Comunicación remitida en el mes de octubre de 2022.
Acuerdo #42: La administración municipal se compromete con la conformación de una mesa técnica semestral con las Secretarías de Movilidad, Infraestructura y Suministros para analizar la viabilidad técnica, administrativa, legal y presupuesta! en las sedes del municipio para determinar la posible implementación de los biciparqueaderos.
Forma de Cumplimiento: Se entregará a las organizaciones sindicales dos informes así: El primero en diciembre de 2022 con los avances. El segundo informe en junio de 2023 con las conclusiones de las mesas. Una vez finalizado el informe de viabilidad técnica con las conclusiones de las dos mesas adelantadas, se socializará el mismo ante dos representantes de las organizaciones sindicales.
Acuerdo #43: El Municipio de Medellín garantizará la atención oportuna e integral en el marco de su competencia y ofrecerá programas de Atención Psicológica y Tratamiento de Adicciones. Así mismo continuará con las actividades de prevención como el PEVTS.
Forma de Cumplimiento: Informe trimestral estadístico de actividades realizadas y
empleados atendidos.
Acuerdo #44: La Administración Municipal se reunirá con las organizaciones sindicales para dar a conocer los estudios previos y fichas técnicas del proceso de contratación para adquirir vestuario y calzado. Las observaciones recibidas serán analizadas por la dependencia técnica, antes de iniciar el proceso de convocatoria pública en el SECOP 11 para este suministro.
Forma de Cumplimiento: Citación a reunión y acta de la reunión realizada.
Acuerdo #45: La Administración adelantará las intervenciones planeadas por la Secretaría de Suministros y Servicios y Gestión Humana al sótano del CAM de conformidad con el proceso de selección adelantado en la vigencia 2022
Forma de Cumplimiento: Publicación del proceso en SECOP II.
Acuerdo #46: El Municipio de Medellín garantizará la participación de un representante designado por las organizaciones sindicales firmantes del presente Acuerdo, en el comité de elección de los mejores empleados por nivel y equipos de trabajo. La modificación será realizada por la Administración en el mes de diciembre de 2022.
Forma de Cumplimiento: Modificación de los Decretos que rigen el proceso de elección de los mejores empleados por nivel y equipos de trabajo.
Acuerdo # 47: El Municipio de Medellín continuará garantizando en cada vigencia los recursos requeridos para atender la demanda de los servidores en los diferentes programas del plan de bienestar e incentivos.
Forma de Cumplimiento: Mesas de seguimiento a los acuerdos.
Solicitud: El Municipio de Medellín garantizará oportunamente acompañamiento jurídico por parte de la Subsecretaría de Prevención del Daño Antijurídico, a los servidores que se vean involucrados en procesos jurídicos en razón de sus funciones.
No Acuerdo: La función de la Secretaría General según el Decreto 883 de 2015 es la prevención y defensa de lo público, por lo tanto no puede brindarse el acompañamiento jurídico a servidores en el marco de investigaciones derivadas del cumplimiento de sus funciones. Así mismo es competencia de la entidad iniciar las acciones de repetición o procesos disciplinarios, cuando proceda, por lo que no es viable generar un espacio para el acompañamiento o defensa de los empleados del Municipio, lo que podría derivar en una afectación en la defensa técnica del empleado. ·
Las organizaciones sindicales dejan constancia que no están de acuerdo con la negativa de la administración a acceder al punto solicitado.
Solicitud: El Municipio de Medellín, reconocerá un estímulo económico a las Organizaciones Sindicales del Nivel Central, equivalente a 1 O S.M.M.L.V cada vez que se firme un acuerdo laboral, con el fin de fortalecer la actividad sindical.
No Acuerdo: No existe disposición legal que permita a las entidades públicas sufragar o financiar éste gasto, por lo que no es procedente que con cargo al presupuesto general del Municipio se cree un rubro destinado a reconocer un aporte económico con destino a la organización sindical. Esta posición ha sido adoptada de manera reiterada por el DAFP en los conceptos 20166000094681 de 2016 y 20196000076001 de 2019, entre otros.
Dejan constancia las organizaciones sindicales que ven con preocupación que algunos temas de fortalecimiento a las organizaciones sindicales no se están reconociendo por parte de la administración municipal.