top of page
WhatsApp Image 2022-03-31 at 10.00.22 AM.jpeg

Avances en los puntos del pliego:
Sesiones 5, 6 y 7

26 de abril de 2022

ACUERDOS - EDUCACIÓN



Acuerdo #30: La Administración Municipal de Medellín incluirá en el plan indicativo de la Secretaría de Educación la dotación de equipamiento, insumos y material necesario para el  funcionamiento  de  las oficinas de  Núcleo Educativo de  la  Municipalidad, según disponibilidad presupuesta!.


Forma de Cumplimiento: Plan indicativo del plan de desarrollo y mesas de seguimiento a los acuerdos.

  

Acuerdo #31: La Secretaría de Educación continuará dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 numeral 8 acorde con la Resolución 0652 del 2012 del Ministerio del Trabajo y al artículo 9 de la Ley 1010 de 2006,  referente a presentar a la alta dirección de la  entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral,  así como el informe anual de resultados  de la gestión del  comité de convivencia  laboral y los informes requeridos por los organismos de control.


Forma de Cumplimiento:  Plan diseñado y su ejecución.



 Acuerdo #32: El municipio de Medellin a partir del análisis jurídico en términos de la no  afectación  a  la  prestación del servicio esencial de  la educación,  y  a  partir de  las instrucciones  emanadas por el  MEN derivadas de la consulta que será elevada por parte de la Secretaría de Educación,  emitirá circular informativa y orientadora,  a partir de los lineamientos  incluidos en la circular  12 de 2017 del DAFP.


Forma de Cumplimiento:   Consulta ante el MEN y expedición del acto administrativo de acuerdo a su instrucción.


 Acuerdo #33:  La Secretaría de  Educación seguirá contratando el  servicio de  aseo necesario para garantizar la debida prestación del servicio educativo en los establecimientos educativos oficiales,  el cual incluirá los elementos  de aseo requeridos, en concordancia con la disponibilidad presupuestal.


Forma de Cumplimiento: Contrato suscrito y mesa de seguimiento a los acuerdos, estudio técnico de la necesidad de personal de aseo.



 Acuerdo # 34:  La Secretaría de Educación  del Municipio de Medellín continuará dando cumplimiento a los lineamientos que para sus efectos establece la Secretaría de Suministros y Servicios con relación al inventario. Cada servidor es responsable de los bienes muebles a su cargo, contará con herramientas  para manejo del inventario, en el recibo,  custodia y traslado.


Forma  de  Cumplimiento: Mesa  de  seguimiento   a  los  acuerdos,   directrices  y capacitaciones.



 Acuerdo #35: La Secretaría de Educación emitirá acto administrativo en el que se informe los términos de aplicación de la Ley 2191 de 2022 "POR  MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA DESCONEXIÓN LABORAL - LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL".


Forma  de  Cumplimiento: Emisión del acto administrativo



Acuerdo #36:   Las  organizaciones    sindicales   presentarán   propuesta   en  el  marco  de programas   de  promoción  y prevención  de la salud  mental  de los docentes  y directivos docentes,  para que sirva de insumo  para la elaboración  del plan de trabajo  anual de SST de los docentes  y directivos  docentes  adscritos  a la Secretaría  de Educación  de Medellín por parte de la empresa  prestadora  de servicios  de salud y otras partes  interesadas.


Forma  de  Cumplimiento: Construcción    conjunta   entre   sindicatos   y  Secretaría   de Educación  de un plan para la prevención  y promoción  de la salud  mental y su respectivo envío  a la entidad  fiduciaria  La Previsora  para su ejecución.



Solicitud: La Administración  Municipal suministrará a las Organizaciones firmantes del acuerdo practicantes en derecho, con el fin de atender y asesorar a los maestros, directivos docentes y administrativos  asociados, en situaciones


No Acuerdo: No es posible tener

practicantes  del municipio  que se asignen  a servicio  de las organizaciones   sindicales.

​

​

ACUERDOS – NIVEL CENTRAL



Acuerdo #37: Una vez recibida la justificación  por parte de los sindicatos sobre los programas, proyectos e indicadores que podrían tenerse en cuenta para la clasificación del inmueble o sus usos sugeridos, posterior a la recepción del informe, en conjunto con la Secretaría de Gestión Humana, la Secretaría de Suministros y Servicios, analizará la clasificación del espacio ubicado en el piso 5 del CAM a fin de determinar si se enmarca como inmueble de inversión social o netamente de inversión, solo si en dicha clasificación se considera pertinente el uso como restaurante, se recibirán las propuestas de operadores según los términos de la Resolución 202150188977 de 2021. De ser así, para el cálculo de la retribución a favor del municipio se tendrán en cuenta las condiciones de calidad y precio en el menú.


Forma de  Cumplimiento: Informe de clasificación del bien mes de junio  de 2022 (finalizada ley de garantías).



Acuerdo #38:  El Municipio de Medellín, a través de la Unidad de Gestión Pública de la Subsecretaría de Gestión Humana garantizará que los procesos de encargo que se adelanten para la provisión de empleos de carrera administrativa, sean conocidos por los servidores de carrera administrativa a través de mecanismos eficaces como publicación en EUREKA, en las carteleras de las sedes de BOMBEROS, Secretaría de Movilidad y Secretaría de Educación Edificio Garré y a través de correo electrónico encargos.carrera@medellin.gov.co a quienes son opcionados.


Forma de Cumplimiento: Publicación en EUREKA, en las carteleras de las sedes de BOMBEROS, Secretaría de Movilidad y Secretaría de Educación Edificio Garré y a través de correo electrónico encargos.carrera@medellin.gov.co. a quienes son opcionados.



Acuerdo #39: Cuando las organizaciones sindicales  evidencien temas de interés para la administración  municipal,  lo socializarán con el  respectivo  Secretario o  Director De Departamento Administrativo, con el fin de validar la posibilidad de conceder comisión de servicios  a  un   servidor  de  la  respectiva dependencia,  para  atender el  asunto,  de conformidad con las disposiciones  legales vigentes y los procedimientos establecidos en la entidad.


Forma de Cumplimiento: Mesa de seguimiento a los acuerdos.



Acuerdo  #40: La Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía velará por que la fijación  de  los compromisos  laborales  de  los directivos sindicales se  realice de conformidad con lo establecido en el  artículo 2.2.8.3.1    y siguientes del Decreto 1083 de

2015,  y la Resolución 202150043887 del 6 de mayo de 2021 de la Alcaldía de Medellín.


Forma de Cumplimiento: Capacitación dirigida a los líderes evaluadores en el segundo semestre de 2022.



Acuerdo  #41: La administración municipal de manera conjunta con dos representantes de las organizaciones sindicales presentará ante el Ministerio del Deporte la solicitud para la creación de los juegos nacionales e internacionales de servidores públicos.


Forma de Cumplimiento: Comunicación remitida en el mes de octubre de 2022.


Acuerdo #42: La administración municipal se compromete con la conformación de una mesa técnica semestral con las Secretarías de Movilidad, Infraestructura y Suministros para analizar la viabilidad técnica, administrativa, legal y presupuesta! en las sedes del municipio para determinar la posible implementación de los biciparqueaderos.


Forma de Cumplimiento: Se entregará a las organizaciones sindicales dos informes así: El primero en diciembre de 2022 con los avances. El segundo informe en junio de 2023 con las conclusiones de las mesas. Una vez finalizado el informe de viabilidad técnica con las conclusiones de las dos mesas adelantadas, se socializará el mismo ante dos representantes de las organizaciones sindicales.



Acuerdo #43:  El Municipio de Medellín garantizará la atención oportuna e integral en el marco de su competencia y ofrecerá programas de Atención Psicológica y Tratamiento de Adicciones. Así mismo continuará con las actividades de prevención como el PEVTS.


Forma   de  Cumplimiento:  Informe  trimestral  estadístico de actividades realizadas y

empleados atendidos.



Acuerdo #44:  La Administración Municipal se reunirá con las organizaciones sindicales para dar a conocer los estudios previos y fichas técnicas del proceso de contratación para adquirir  vestuario  y   calzado.  Las  observaciones recibidas  serán  analizadas  por  la dependencia técnica, antes de iniciar el proceso de convocatoria pública en el SECOP 11 para este suministro.


Forma  de Cumplimiento: Citación a reunión y acta de la reunión realizada.



Acuerdo #45: La Administración adelantará las intervenciones planeadas por la Secretaría de Suministros y Servicios y Gestión Humana al sótano del CAM de conformidad con el proceso de selección adelantado en la vigencia 2022


Forma  de Cumplimiento:   Publicación del proceso en SECOP II.


Acuerdo #46: El Municipio de Medellín garantizará la participación de un representante designado por las organizaciones sindicales firmantes del presente Acuerdo, en el comité de elección de los mejores empleados por nivel y equipos de trabajo. La modificación será realizada por la Administración en el mes de diciembre de 2022.


Forma de Cumplimiento: Modificación de los Decretos que rigen el proceso de elección de los mejores empleados por nivel y equipos de trabajo.



Acuerdo # 47: El Municipio de Medellín continuará garantizando en cada vigencia los recursos  requeridos  para  atender  la  demanda de  los  servidores en  los  diferentes programas del plan de bienestar e incentivos.


Forma de Cumplimiento: Mesas de seguimiento a los acuerdos.



Solicitud: El  Municipio de Medellín garantizará oportunamente acompañamiento jurídico por parte de la Subsecretaría de Prevención del Daño Antijurídico, a los servidores que se vean involucrados en procesos jurídicos en razón de sus funciones.


No Acuerdo: La función de la Secretaría General según el Decreto 883 de 2015 es la prevención y defensa de lo público,  por lo tanto no puede brindarse el acompañamiento jurídico a servidores en el marco de investigaciones derivadas del cumplimiento de sus funciones. Así mismo es competencia de la entidad iniciar las acciones de repetición o procesos disciplinarios,  cuando proceda, por lo que no es viable generar un espacio para el acompañamiento o defensa de los empleados del Municipio, lo que podría derivar en una afectación en la defensa técnica del empleado.           Â·


Las organizaciones sindicales dejan constancia que no están de acuerdo con la negativa de la administración a acceder al punto solicitado.



Solicitud: El Municipio de Medellín,  reconocerá un estímulo económico a las Organizaciones Sindicales  del Nivel  Central,  equivalente a 1 O   S.M.M.L.V  cada vez que se firme un acuerdo laboral,  con el  fin de fortalecer la actividad sindical.


No Acuerdo: No existe disposición legal que permita a las entidades públicas sufragar o financiar éste gasto,  por lo que no es procedente que con cargo al presupuesto general del Municipio se cree un rubro destinado a reconocer un aporte económico con destino a la organización sindical. Esta posición ha sido adoptada de manera reiterada por el DAFP en los conceptos 20166000094681 de 2016 y 20196000076001 de 2019,  entre otros.


Dejan constancia las organizaciones sindicales  que ven con preocupación que algunos temas de fortalecimiento a las organizaciones sindicales no se están reconociendo por parte de la administración municipal.

​

​

Avances Semanales Negociación: Noticias
bottom of page